Roberto Santos

Después de que las autoridades electorales tumbaron la elección de Iliatenco, el Congreso local ha nombrado a nombrado a un Consejo municipal.

El diputado Héctor Apreza señaló que esta acción era más importante que nombrar comisiones por el vacío de poder que existía en Iliatenco.

También informó que este consejo funcionará hasta el 15 de enero, cuando se tomará protesta al nuevo presidente o presidenta municipal de este municipio.

La integración de este consejo está encabezado por un grupo de personas, que estarán en funciones durante tres meses, y está encabezado por mujer, un síndico, tres regidoras y tres regidores.

Esta experiencia nueva donde el TEPJF tumba la elección de un municipio en razón de violencia de género, deberá ser ejemplo para aquellos que aún creen que la participación de la mujer en política es una usurpación de los espacios masculinos.

Pues ya no será posible que sigan reproduciendo violencia en contra de mujeres en la vida política, porque la violencia en contra de la candidata Ruperta Nicolás Hilario, por MC, cuando hay transformaciones culturales que ya castigan los delitos de esta naturaleza, afectó rotundamente los resultados del proceso electoral.

Las razones del TEPJF para tumbar al candidato electo, el petista Erik Leal Cantú, fueron las frases rotuladas en las bardas, ofensivas y denigrantes para la candidata, a la cual descalificaban, influyeron en el resultado, al generar un desequilibrio durante la competencia constitucional; es decir, no se cumplió el sentido de equidad en el proceso. 

Además, por haber puesto en peligro la certeza de la elección, porque la violencia en razón de género es hacia la candidata por ser mujer y porque también inhibió la participación de las mujeres.

Este revés no solo es contra Erik, el candidato del PT, también es en contra de los dirigentes del partido salinista, y contra aquellos políticos, periodistas y personas comunes que aún ejercen violencia de género en contra de las mujeres.

Esta campaña fue el claro ejemplo de pretender lastimar la imagen de la candidata y afectar su condición de política, con lo que se concluye que influyó en el electorado.

Aunque el resultado fue solo de 53 votos de diferencia para el candidato petista, lo que le dio mayores argumentos al TEPJF para calificar nula la elección. 

La sentencia del TEPJF es resultado de añejas demandas de visibilización de las mujeres que sufren violencia, de la desnaturalización de aquellas formas de opresión fundadas en las diferencias sexuales, y lo que es clave, el compromiso con la democratización de las relaciones entre los sujetos.

Así como la creación de nuevos escenarios que alberguen mejores condiciones de existencia, donde prevalezca el compromiso tanto de hombres como de mujeres para crear nuevas prácticas cotidianas, nuevas subjetividades, que generen nuevos vínculos recíprocos. 

Un paso más se ha dado con esta resolución, y se puede esperar que poco a poco se instauren nuevas formas de respeto y de equidad, que transformen el orden tradicional de las relaciones de género y propicien nuevos niveles de justicia social.

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