Enfoque Informativo

El consumo mínimo y constante para permanecer en el lugar es una práctica común en bares, restaurantes y cafeterías.

“Lo siento, pero tenemos consumo mínimo”, esta mala noticia traída por los meseros en restaurantes, bares y cafeterías hacen tocar fondo a las intenciones de no gastar de más.

La práctica condicionar a los comensales para poder permanecer en el lugar a cambio de gastar una cantidad establecida no está permitida y se suma a la larga lista de malas prácticas como incluir la propina en la cuenta sin autorización.

De acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), los establecimientos de alimentos y bebidas tienen prohibido exigir un consumo mínimo.

¿Por qué no pueden pedir consumo mínimo?

El derecho a elegir es una de las garantías con las que cuenta el consumidor, pues debe tener la posibilidad de escoger un producto o servicio sin ser presionado o condicionado al hacerlo.

Aunque en el sitio al que acudas comenten que el consumo mínimo es una “política de la casa”, la ley te respalda.

Negar el servicio o condicionar al consumidor

El artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor Consumidor señala que el proveedor de bienes, productos o servicios “no podrá negarlos o condicionarlos al consumidor por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquiera otra particularidad”.

También se apunta que los proveedores no puede establecer preferencias o discriminación, por ejemplo:

  • Selección de clientela.
  • Condicionamiento del consumo.
  • Reserva del derecho de admisión.
  • Exclusión a personas con discapacidad.

Además de ello, esto se menciona en documentos estatales como la Ley de establecimientos mercantiles para la Ciudad de México, donde se expone que los titulares de restaurantes, establecimientos de hospedaje, clubes privados y los establecimientos mercantiles de impacto zonal son responsables de que el ingreso del público asistente no sea condicionado a un pago de consumo mínimo.

No pueden exigir consumo constante

En la CDMX, la Ley de establecimientos mercantiles también establece que dichos sitios tampoco pueden exigir un consumo constante de alimentos y bebidas para poder permanecer en el establecimiento.

Precios claros y a la vista

De acuerdo con la Profeco, en el lugar también deben estar exhibidos los precios y estos deberán ser respetados, no tienen permitido aumentarlos injustificadamente, pues las personas consumidoras también tienen derecho a recibir información oportuna, completa, clara y veraz.

¿Qué hacer si me exigen un consumo mínimo?

Un derecho más es a la protección, así que cuando algún proveedor no respete lo estipulado para los consumidores o cometa abusos esta situación se puede denunciar ante la Profeco.

Puedes mandar un mensaje privado a través del Twitter o Facebook oficial de Profeco, un correo electrónico a denunciasprofeco@profeco.gob.mx o llamar al teléfono 5555688722 con estos datos: nombre del proveedor, su dirección completa (calle, número, colonia, alcaldía o municipio, estado y código postal).

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