Por Juan José Romero

El INE tiene la obligación de apegarse a lo que establece la ley

Pese a que las leyes 3 de 3, en materia fiscal y de violencia de género, respectivamente, no serán causal de negativa de registro a los aspirantes a un cargos de elección popular para los comicios del próximo año, el INE revisaró su cumplimiento en el momento en que reciban solicitudes para acreditar la candidatura de una persona.

En este contexto, Donaciano Muñoz Deloya, vocal ejecutivo del INE en Guerrero indicó que su contenido no fue incorporado por el Congreso de la Unión a la lista de requisitos de elegibilidad en la Ley General Instituciones y Procedimientos Electorales (LIPE).

Insistió que las dos leyes antes referidas no son requisito para que un aspirante pueda participar en los próximos comicios, “no tenemos esa determinación en nuestras leyes electorales, pero sí es una discusión que en este año a nivel nacional se tomó y está registrado”; expuso.

Y es que la denominada la Ley tres de tres fue elevada a rango Constitucional por el senado de la república el 24 de mayo, con la cual se impide a los agresores sexuales, deudores alimentarios o culpables de violencia de género competir por cargos de elección popular.

En tanto que la Ley Patrimonial 3 de 3, promueve que la ciudadanía exija a servidores públicos, legisladores, líderes de partidos y candidatos cargos de elección popular, la publicación voluntaria de tres documentos: declaración patrimonial, declaración de intereses y comprobante de pago de impuestos.

Y aunque ambas leyes ya están reconocidas en el ámbito constitucional federal, pero no han “impactado en la norma específica electoral”, es decir, que el Congreso de la Unión no ha reformado la LIPE, señaló Muñoz Loyola

En consecuencia, lo especificado en las dos leyes, 3 de 3 no serán aplicables como requisitos que los aspirantes deben acreditar ante el INE para la acreditación de una candidatura para los comicios del 2024, no obstante, las personas agraviadas podrían recurrir a los tribunales electorales para hacerlas valer.

El funcionario federal electoral, dijo que el INE tiene la obligación de apegarse a lo que establece la ley, pero además explicó que la Ley 3 de 3 que atiende los casos de violencia política en razón de género, establece que, “hay una disposición en la que si una persona es violentador se pone en duda su calidad para ser candidato”, apuntó.

Agregó que revisaran desde la instancia electoral, que esos conceptos “y a partir de eso será el Consejo General, las Juntas Locales y Consejos Distritales quienes determinen procedencia o no de la candidatura que el partido registre”.

Refirió que en lo que va del proceso electoral no han recibido quejas o denuncias de aspirantes a cargos federales, lo que hicieron recientemente, refirió, fue un monitoreo de fiscalización sobre los gastos de partidos políticos, si se detectan o confirman, habrá sanciones para algunos partidos, señaló.

COMPARTIR