Enfoque Informativo

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGro), determinó declarar existente la Violencia Política de Género (VPG), cometida por la Presidenta Municipal de Xalpatláhuac, Selene Sotelo Maldonado, en contra de la Regidora Carmen Pinzón Villanueva, por obstrucción de facultades y retención de salarios.

De acuerdo a la propuesta presentada por la Magistrada Evelyn Rodríguez Xinol, a través del proyecto TEE/PES/004/2022 y aprobado por unanimidad de votos por el Pleno, se determinó imponer una multa a la ciudadana Sotelo Maldonado, por la cantidad de cien Unidades de Medida de Actualización, equivalente a $9,622.00.

Asimismo, el Magistrado y las Magistradas aprobaron inscribir a la Presidenta Municipal de Xalpatláhuac en el Registro de Antecedentes de las Personas Agresoras de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, por una temporalidad de seis meses, ello una vez que cause ejecutoria la sentencia.

Además de imponer a la ciudadana, una medida de no repetición del acto, toda vez que se sustentó la retención de salarios a la regidora, la falta de citarla a reuniones y sesiones de cabildo, además, porque con las pruebas supervinientes desahogadas a la red social Facebook, se advierte una línea de desprestigio de las funciones de la Regidora; máxime que en autos quedó acreditado con el dicho de la Presidenta, que existe un conflicto político entre denunciante y denunciada, que tiene efectos e impacta en el ámbito público, concretamente en el desarrollo de las funciones de la Regidora quejosa.

Acuerdos Plenarios

En la Décima Novena Sesión Pública de Resolución por videoconferencia, el Pleno del TEEGRO, aprobó por unanimidad de votos, dos acuerdos plenarios propuestos por las Magistradas Hilda Rosa Delgado Brito y Evelyn Rodríguez Xinol, los cuales se emitieron con los números de expedientes TEE/JEC/020/2022 y TEE/PES/020/2021.

En el proyecto TEE/JEC/020/2022 el Magistrado y las Magistradas aprobaron archivar el asunto presentado por el ciudadano Carmelo Loeza Hernández en contra del acuerdo de sobreseimiento de fecha 4 de abril de 2022, emitido por la Comisión de Honestidad y Justicia de Morena, toda vez que en este órgano jurisdiccional no existe diligencias por realizar o alguna otra petición que resolver.

De acuerdo a la propuesta de la Magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, el archivo del asunto es en virtud de que, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, determinó que es la autoridad competente para conocer y resolver la controversia planteada por Loeza Hernández, razón por la cual este Tribunal considera que al asumir competencia dicha autoridad y declarar el desechamiento de la demanda, acordó el archivo del asunto.

En tanto, en el acuerdo TEE/PES/020/2021 , el Pleno del TEEGRO aprobó por unanimidad de votos determinar el cumplimiento del ciudadano Efrén Adame Montalva con lo ordenado en la sentencia SCM-JE-182/2021 por la Sala Regional Ciudad de México, en el que, el 24 de febrero de 2022 este Tribunal declaró la responsabilidad directa de Adame Montalván, por la comisión de las infracciones, consistentes en: promoción personalizada en periodo de veda electoral; uso indebido de recursos públicos; y actos anticipados de campaña electoral, y se le impuso una multa de $24,055.

De acuerdo a la propuesta de la Magistrada Evelyn Rodríguez Xinol, al darse cumplimiento con lo ordenado, el Procedimiento Especial Sancionador queda archivado.