Enfoque Informativo

  • De 4 a 6 años de prisión y multas de hasta más de 90 mil pesos: así se castiga el compartir “packs” y “nudes” gracias a la Ley Olimpia

Los delitos siempre deben ser denunciados y castigados aun si se cometen en el mundo virtual. Es increíble que, a pesar de que se ha avanzado en la legislación y la conciencia de los usuarios, comportamientos como “pasar el pack” o compartir “nudes”, sean vistos con normalidad  y hasta existan comunidades dedicadas a ese tipo de contenido sin consentimiento. Afortunadamente existe la Ley Olimpia y vamos a decirte cómo te protege.

La violencia digital es una realidad que muchas personas sufren. Tan solo en 2020, el Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA) del INEGI, informó que 7.1 millones de hombres y 9 millones de mujeres fueron afectados por algún tipo de violencia en Internet, desde recibir mensajes de hostigamiento, hasta ser víctimas de filtraciones de sus fotos íntimas.

Afortunadamente en años recientes, labores de activismo encabezadas por mujeres, han permitido que poco a poco la violencia digital sea visibilizada y penada. Pero, ¿conoces qué acciones son consideradas como violencia digital o cómo podrías denunciarlas? A continuación te decimos lo más importante al respecto.

Ley Olimpia, un parteaguas contra la violencia digital

Puede que hayas escuchado alguna vez las palabras “Ley Olimpia”, pero no su función concreta o por qué se implementó. Primero conozcamos qué es exactamente:

Según el portal oficial del gobierno “Orden Jurídico”, la “Ley Olimpia” no es una ley como tal, sino una reforma legislativa que se le realizó a la “Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia”; este cambio permitió que la violencia digital se reconociera como un delito.

¿Por qué la Ley Olimpia se llama así? 

Esta reforma se llama así gracias a su principal impulsora, la poblana Olimpia Corral Melo, quien fue víctima de la difusión de un video íntimo sin su consentimiento; esta situación provocó que Olimpia comenzara a promover la modificación del código penal de su estado, logrando tipificar a la violación de la intimidad como un delito. Actualmente, 29 entidades del país ya cuentan con esta reforma.

¿Qué castiga la Ley Olimpia?

La firma legal Alianza Jurídica, explica que la “Ley Olimpia” castiga la violencia digital es toda acción en la que se expone, difunde o reproduce alguna imagen, audio o video de contenido sexual íntimo de una persona (de cualquier género) sin su consentimiento, a través de medios tecnológicos.

Es violencia digital si también este tipo de acciones atentan contra la integridad, moral o vida privada de la víctima o sus familiares, pudiendo llegar a tener daños psicológicos, económicos o sexuales.

¿Qué se considera violencia digital?

El portal Orden Jurídico establece las siguientes acciones como violencia digital, y por lo tanto, son denunciables: Grabar audio, video, o tomar fotografías reales o simulando contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaños

Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, sabiendo que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

Ley Olimpia: ¿Dónde puedo denunciar cualquier tipo de violencia digital?

El portal Denuncia.org, sugiere que, antes de comenzar con la denuncia, se cree una red de apoyo y acompañamiento para proteger tu integridad: Familiares, personas cercanas y de confianza, y hasta alguna institución pública u organización, como la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México (SEMUJERES), pueden ayudarte a no sentirte sola o solo durante este proceso:

También, es importante que se recopile todo el material que se exhibió sin consentimiento y las redes sociales donde se difundieron, se puede hacer tomando una  captura con el celular y guardándolas en una USB o un CD.

Por último, se debe identificar al agresor o agresora, ya sea con su nombre, teléfono, domicilio, correo electrónico o redes sociales. También es necesario que para denunciar, tengas que dar tus datos personales y un relato detallado de los hechos.

¿Dónde puedo denunciar  y aplicar la Ley Olimpia?

En primera instancia, se puede denunciar cualquier tipo de violencia digital en todos los Ministerios Públicos del país, puesto que ya está tipificada.

También puedes recibir asesoría jurídica en cualquiera de los Centros de Terapia de Apoyo a Víctimas de Delitos Sexuales (CTA), así como buscar ayuda en los Módulos de las Abogadas de las Mujeres, ubicados en todas las sedes de la  Fiscalía Central de Investigación para Atención de Delitos Sexuales.

Es importante señalar que el Ministerio Público no tiene porque dudar de tu caso, incluso si tardas en denunciarlo, o si no presentas la denuncia en un estado de ánimo en especial. Asimismo, SEMUJERES menciona que ninguna persona, incluyendo al Ministerio Público, tiene derecho a preguntarte sobre tu vida íntima, tu forma de vestir o tu historia personal.

Si por algún motivo no puedes acudir al Ministerio Público de forma presencial, también se puede denunciar a través de internet:

En la CDMX a través del portal de denuncia digital y en Edomex por el portal de su Fiscalía.

A nivel nacional, si no se encuentra el portal de la fiscalía local, puedes pedir el apoyo de la Policía Cibernética de la Comisión Nacional de Seguridad mediante el número telefónico 088, o a través de su correo electrónico (ceac@cns.gob.mx).

¿Cómo se castiga el delito de violencia digital?

Cada estado castiga la filtración de “nudes” o cualquier tipo de contenido sexual sin consentimiento de diferente manera. Por ejemplo, la CDMX, que está regulada por el Código Penal para la Ciudad de México, sanciona la violencia digital con un tiempo de 4 a 6 años de prisión y una multa de 500 a 1000 unidades de medida y actualización (UMA), que son 48 mil 110 y 96 mil 220 pesos, respectivamente:

En el Estado de México, el castigo va de 3 a 7 años de prisión, con multas de 200 a 500 UMAs (19 mil 224 a 48 mil 110 pesos).

En Veracruz la pena la violencia digital es de 4 a 8 años de prisión y multa de 1000 hasta 2000 UMAs (96 mil 220 a 192 mil 440 pesos mexicanos).

Mientras tanto, en Puebla, las sanciones van de 3 a 6 años de prisión y  multa de 1000 a 2000 UMAs.

Atentar contra la intimidad sexual de cualquiera es un delito, y pese a que la violencia digital es una forma relativamente nueva de violencia, no tiene que ser normalizada ni aceptada.

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